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Corte Suprema fija nuevo estándar en el empleo público y declara grave el no pago de cotizaciones en honorarios

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El 2 de febrero de 2026, la Cuarta Sala de la Corte Suprema acogió un recurso de unificación interpuesto por el equipo jurídico de SoyHonorario y fijó un nuevo estándar en materia laboral pública: el no pago de cotizaciones previsionales constituye un incumplimiento grave que habilita el autodespido, incluso cuando el empleador es un organismo de la Administración Pública.

La decisión revierte el criterio de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había relativizado la gravedad del incumplimiento tratándose de un municipio, bajo el argumento de que al tratarse de un órgano de la Administración del Estado no se podían pagar cotizaciones

El máximo tribunal sostuvo que el fallo que reconoce el vínculo laboral tiene carácter declarativo y no constitutivo, por lo que las obligaciones previsionales existían desde el inicio de la prestación de servicios. En consecuencia, su omisión configura la causal del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo.

El caso se originó tras una trabajadora de más de 15 años de prestación continua de servicios a honorarios en la Municipalidad de Maipú, bajo condiciones de subordinación y dependencia, período en el cual no se enteraron íntegramente las cotizaciones de seguridad social.

La Corte fue categórica al señalar que el incumplimiento grave abarca todas las cotizaciones incluyendo  AFP, salud y AFC, reforzando que todas cumplen una función protectora esencial. “Este fallo marca un quiebre relevante en la jurisprudencia. La Corte establece que el Estado no puede tener un estándar más bajo que el sector privado en materia previsional”, señala Camila Cárdenas, jefa del área de Litigación y socia de SoyHonorario.

La decisión fue adoptada por la Cuarta Sala de la Corte Suprema, integrada por las ministras Gloria Ana Chevesich y Mireya López, la ministra suplente Dobra Lusic y las abogadas integrantes Fabiola Lathrop e Irene Rojas. El fallo contó con el voto en contra de las ministras Mireya López y Dobra Lusic, quienes estuvieron por rechazar el recurso de unificación al estimar que, atendido el régimen jurídico aplicable al municipio, no se configuraba la causal invocada.

En un contexto donde el Gobierno Central supera los 523 mil cargos efectivos y una fracción relevante se desempeña bajo modalidad de honorarios, el nuevo estándar podría incidir en futuras demandas por autodespido y en eventuales contingencias asociadas al pago retroactivo de cotizaciones. “La interposición del recurso de unificación buscaba precisamente corregir criterios que relativizaban la gravedad del incumplimiento en el sector público. Hoy la Corte fija un estándar claro y uniforme”, agrega Cárdenas.